top of page

Boletín Informativo IMP-001-2026

Cumplimiento Legal 2026: Aporte al Fondo Nacional del Deporte

El compromiso con el Fondo Nacional del Deporte (FND) es más que una obligación tributaria; es el motor que impulsa el alto rendimiento y la infraestructura de nuestros atletas a nivel internacional. Al cumplir a tiempo, su organización se convierte en patrocinador del éxito nacional.


1. ¿Quiénes deben declarar?

Están obligados los sujetos pasivos que realicen actividades económicas en el país:


  • Empresas Públicas y Privadas. 

  • Consorcios. 

  • Umbral de Utilidad: Aquellas con una utilidad neta anual superior a 20,000 U.T. (860.000,00 Bolívares).


2. Cálculo y Fecha Límite

  • Fórmula: El aporte corresponde al 1% de la utilidad contable del ejercicio fiscal 2025, después de impuestos.

  • Fecha de Cierre: El proceso debe completarse a más tardar el 30 de abril de 2026.


3. Pasos para una Declaración Exitosa

El proceso es 100% digital:


  1. Auditoría Interna: Verificación de la utilidad neta 2025.

  2. Documentación: Recopilar planilla de ISLR, RIF y aportes estimados previos.

  3. Gestión: Solicitar compromisos de pago o Certificado de No Aportante vía correo electrónico a recaudacionfondoind@gmail.com.


4. Riesgos por Incumplimiento

Evite sanciones que afecten su reputación y flujo de caja:

  • No declarar: Multa de hasta el doble del aporte.

  • Pago tardío: Intereses moratorios (tasa BCV).

  • Datos falsos: Sanciones administrativas y auditorías fiscales.


Visión Asesoría 360: "La verdadera visión 360 implica anticiparse al riesgo. No permita que el 30 de abril se convierta en una urgencia; transforme su obligación fiscal en una inversión estratégica para su reputación corporativa." 

 
 
 

Comentarios


© 2026 por Asesoría 360, C.A.

J-50714312-0

Todos los derechos reservados

  • Instagram
  • LinkedIn
  • Whatsapp

Creado con wix.com

bottom of page